Saturday, April 1, 2006

Justice Initiative and Four Other Groups Join Landmark Access to Information Case

JUSTICE INITIATIVE AND FOUR OTHER GROUPS JOIN LANDMARK ACCESS TO INFORMATION CASE

First Freedom of Information Case to Reach Inter-American Court
 
New York, March 30, 2006— The Open Society Justice Initiative and four other organizations filed a brief this week with the Inter-American Court of Human Rights, seeking to establish that the American Convention on Human Rights guarantees a right of access to information held by public bodies.
The case, Marcel Claude Reyes and Others v. Chile, marks the Inter-American Court’s first opportunity in its 27-year history to rule on the right of access to government-held information.
The Justice Initiative, joined by four other groups—ARTICLE 19; Libertad de Información Mexico, Asociación Civil (LIMAC); Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) of Peru; and Access Info Europe—filed the “friend of the court” brief in support of Claude Reyes and his two co-applicants. The brief, available on our website at http://justiceinitiative.org/index_files/Claude_v_Chile, surveys access to information laws and jurisprudence and argues that a fundamental right of people to access information held by their governments has been established internationally and is contained in the American Convention on Human Rights.
Through the brief, the five organizations are asking the Court to rule that the Convention guarantees a general right of citizens to information held by public authorities, and that Chile must improve its access to information law so that requests like the one that initiated this case are honored in the future.
The case began in 1998 when a Chilean environmental NGO, the Terram Foundation, requested information from the government on a massive logging project, known as the Condor River project, being undertaken by a U.S. company, Trillium Ltd. Claude Reyes, executive director of Terram at the time, requested information on Trillium’s environmental record from the Chilean Foreign Investment Committee, a government body that assesses foreign investment proposals in Chile.
Terram’s request was ignored by the Committee and subsequent appeals by Terram were summarily dismissed in Chile’s courts. In December 1998, a number of South American rights groups filed a petition with the Inter-American Commission on Human Rights, an auxiliary body of the Inter-American Court of Human Rights, on behalf of Terram.
In March 2005, the Inter-American Commission reached a decision on the merits of the case, finding that Chile had violated the applicants’ rights under Article 13 of the American Convention on Human Rights, guaranteeing the right to access public information. The Commission urged Chile to remedy the situation within 60 days. Following Chile’s failure to comply within that period, the Commission referred the case to the Court for adjudication.
A hearing on the case is scheduled for April 3 in Buenos Aires. A decision is expected within three to four months of the hearing.
Faced with opposition to the Condor River project from environmentalists in Chile and around the world, Trillium eventually abandoned its plans for logging in the area.
Contact: David Berry: +1 212 548 0385 (New York)

Go to: http://justiceinitiative.org/index_files/Claude_v_Chile for amicus brief.

The URL for this page is:
http://www.justiceinitiative.org/db/resource2?res_id=103162

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The Open Society Justice Initiative, an operational program of the Open Society Institute , pursues law reform activities grounded in the protection of human rights, and contributes to the development of legal capacity for open societies worldwide. The Justice Initiative combines litigation, legal advocacy, technical assistance, and the dissemination of knowledge to secure advances in the following priority areas: national criminal justice, international justice, freedom of information and _expression, and equality and citizenship. Its offices are in Abuja, Budapest, and New York.
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Thursday, December 8, 2005

Venezuela: Administración pública no garantiza acceso a la información a periodistas


Ciudadanía desconoce mecanismos para acceder a información

(www.ild.org.pe)

Venezuela vive un momento crucial en materia de derechos humanos y participación ciudadana. Sin embargo -y aunque el tema de la democracia participativa y protagónica está en boca de todos- todavía la ciudadanía no tiene una cultura contralora orientada hacia la petición de información pública, ni los organismos gubernamentales el otorgamiento de información pública.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 28 establece que “toda persona (…) podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas”. No obstante, son muchas las preguntas que quedan sin respuestas.

Sin embargo -y a pesar de que mucho se habla de la libertad de expresión e información-, poco se dice de los mecanismos que deben existir para garantizar el acceso a la información pública, imprescindible para hacer un periodismo serio y comprometido y garantizar el control sobre las políticas públicas.

En el diario trajinar, más de un reportero ha regresado a su medio sin un dato, porque los funcionarios públicos mantienen la cultura del secreto, y muchas veces no tienen registros o datos precisos para enriquecer la investigación periodística. Aunque la Carta Magna consagra el derecho a acceder a la información pública, aún no hay una ley que regule esta materia.

La polarización política del país ha incidido notoriamente en las restricciones al acceso a la información pública. Además hay poca voluntad política para que se respete la libertad de expresión -en todas sus dimensiones: buscar, recibir y difundir ideas-, lo que atenta contra los periodistas en su ejercicio, pero sobre todo contra los ciudadanos que ven vulnerados sus derechos, incluso de participación política.

Como ha señalado la Relatoría de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para la Libertad de Expresión, “la falta de participación de la sociedad en el conocimiento de información que los afectaría directamente impide el desarrollo amplio de sociedades democráticas exacerbando posibles conductas corruptas dentro de la gestión gubernamental y promoviendo políticas de intolerancia y discriminación. La inclusión de todos los sectores de la sociedad en los procesos de comunicación, decisión y desarrollo es fundamental para que sus necesidades, opiniones e intereses sean contemplados en el diseño de políticas y en la toma de decisiones.”

Un caso dramático que ejemplifica el problema es el que a diario viven los reporteros que cubren la fuente política o judicial, quienes se han tenido que conformar con frases como “no pueden entrar por órdenes de arriba” o “son órdenes de Caracas”, acompañadas muchas veces por malos tratos de los funcionarios públicos. Esta situación se genera por desconocimiento de los derechos y deberes de ambos actores.

En América Latina se ha generado un intenso debate en torno al tema del acceso a la información. La reciente aprobación de leyes en México, Nicaragua y República Dominicana; los proyectos en Argentina, Ecuador, Honduras, Uruguay; y los exhortos de la Organización de Estados Americanos y de la Relatoría de Libertad de Expresión para que se legisle sobre la materia revelan la imperiosa necesidad de generar mecanismos de transparencia.
En el informe de 2004 de la Relatoría se señala que “la elaboración de un régimen de acceso a la información que cumpla con los requisitos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos es una tarea más compleja que la de simplemente declarar que el público puede tener acceso a la información en poder del Estado”.

El texto continúa señalando que “existen características legislativas y procesales específicas que deben estar implícitas en todo régimen de acceso a la información, incluido el principio de la máxima divulgación, la presunción del carácter público con respecto a las reuniones y los documentos fundamentales, amplias definiciones del tipo de información a la que se puede tener acceso, tarifas y plazos razonables, un examen independiente de las denegaciones de acceso y sanciones por incumplimiento. Inclusive cuando están presentes todas estas características, la ley de acceso a la información podría no estar totalmente lograda sin la firme voluntad política de implementarla y sin la presencia de una sociedad civil activa”. A pesar de esto, Venezuela continúa sin una ley de acceso a la información.
 

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Venezuela: Normas del Palacio de Justicia alientan cultura del secretismo

A pesar de que la Constitución y convenios internacionales establecen que ciudadanos pueden recibir información.

Desde el pasado 8 de noviembre, los periodistas que acuden al Palacio de Justicia de Caracas en busca de información deben respetar nuevas normas. “Ningún reportero puede transitar por los tribunales de Control, hacer tomas en otro sitio que no sea la sala de prensa, ni registrar declaraciones de personas vinculadas a otras actividades que no sean juicios”, según explicó el periodista de Globovisión José Vicente Antoneti.

Estas reglas, impuestas por la presidenta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana, Belkys Cedeño, luego de que una ex jueza denunciara irregularidades en su destitución en la sala de prensa de ese recinto, han convertido la labor periodística dentro de esa institución en una actividad restringida, que vulnera el derecho a la libertad de expresión que, según la Convención Americana de Derechos Humanos, “comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.

Ésta no es la primera vez que se anuncian restricciones dentro del Palacio de Justicia. El pasado 11 de abril se prohibió la entrada de los periodistas a la sede judicial por órdenes de Cedeño; pero días después se resolvió darles paso. A partir de ese momento, los reporteros no pueden hacer entrevistas en los pasillos y están confinados a la sala de prensa, que, según Edgar López, reportero de El Universal, “es un invento de la presidenta del Circuito para controlar la circulación de información”.

Anthony Caldarella, inspector de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), ratifica la existencia de las mencionadas normas y las justifica diciendo que ponen orden en el Palacio, porque “los periodistas lo que quieren es andar por los pasillos molestando a los demás”.

Ante la prohibición de circular por los tribunales de Control, el alguacil Carlos Lotuffo argumenta que la medida es igual para todos, periodistas o no, pues pretende resguardar la seguridad de las víctimas y los imputados.

Para López, la verdadera razón de esta medida es evitar que se filtre a la prensa alguna información vinculada con los autores intelectuales del asesinato del fiscal Danilo Anderson, quien llevaba los casos del golpe de Estado de 2002 y supuestamente involucrado en una red de extorsión.

Pero más allá de las cuestiones de forma, el derecho ciudadano a la información, contemplado en el artículo 58 de la Constitución, está siendo vulnerado. Para Andrés Cañizalez, director del Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela, estas normas pueden ser legales, pero de ninguna forma legítimas, porque contradicen el “deber ser” establecido en los convenios internacionales sobre libertad de expresión. En ese mismo sentido, Carlos Correa, director del Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea), asegura que con estas restricciones se está alimentando la cultura del secretismo dentro de una institución pública, una conducta impropia de la democracia.

Restricciones limitan acceso a tribunales de justicia (www.cajpe.org)

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Chile: Evalúan a instituciones públicas y privadas en II Barómetro de acceso a información pública.

Poder Judicial: institución pública de más difícil acceso, según periodistas

Santiago de Chile. Ciento veintiún periodistas de cuarenta y tres medios nacionales y regionales contestaron la encuesta de la Universidad Diego Portales y la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) sobre los avances y dificultades en materia de acceso a información durante el 2005. Las instituciones públicas y privadas mejor y peor evaluadas y una escasa autocrítica de parte de los mismos profesionales son algunas de las conclusiones que se desprenden de la segunda versión de este estudio.

Tomando el pulso

Como explicó Guillermo Turner, director de la Fundación de la Prensa, dependiente de la ANP, “buscamos un indicador anual de cómo los periodistas están percibiendo el acceso a la información”.

Así, los periodistas sienten que la institución pública de más difícil acceso es el Poder Judicial y lo califican con apenas un 3.24 en la escala del 1 al 7. Su equivalente en el ámbito privado son empresas de telecomunicaciones: Telefónica CTC Chile y Manquehue Net, ambas evaluadas con poco más de un 3. De hecho, siete de las diez instituciones peor evaluadas por los periodistas corresponden a empresas privadas. La nota es el promedio de evaluación considerando la disposición, la confiabilidad y precisión de la información y la entrega oportuna de ésta.

Al otro extremo de la tabla nos encontramos con que los periodistas chilenos valoran positivamente a Carabineros (policía uniformada), asignándole poco más de un 5; sin embargo, es apenas suficiente.

El presidente de Proacceso, Juan Pablo Olmedo, cree que el barómetro es una “buena iniciativa, pero perfectible en el tiempo” y sugiere incorporar los estándares legales comprometidos para tener más claridad en esta materia. Esto, ya que una respuesta oportuna para el periodista puede que no coincida con lo que la norma impone a los funcionarios públicos. En el caso de la ley chilena son 48 horas.

En cuanto a los mecanismos más efectivos para acceder a la información, los periodistas encuestados nombran mayoritariamente el contacto personal, formal o informal, mientras que los menos efectivos son los comunicados o notas de prensa.

Entre las principales dificultades experimentadas durante el último año se cuentan la no respuesta ante llamados telefónicos, la entrega de información bajo el “off the record” y la intermediación de empresas de comunicación o de lobby. El director de La Tercera, Cristian Bofill, cree que ésta es una función legítima pero que hay que regular. “Las empresas de comunicaciones tienen funciones distintas a las del periodismo: administran el silencio. Se establece entre periodistas y empresas un duelo: Los periodistas le sacan información y las empresas quieren quedar lo mejor posible. Y las empresas de comunicación saben jugar muy bien con nuestra competitividad”, en el sentido de ofrecer exclusivas con condiciones. Pero aceptarlas o no, dice Bofill, es responsabilidad de los medios y no de estas empresas.

En el caso del “off the record”, Bofill lo defiende y justifica en una sociedad pequeña como la chilena, donde el poder está concentrado y siempre y cuando sea contrastado con otras herramientas de reporteo.

Prensa sin autocrítica

Para el 60% de los encuestados, entre los principales responsables de dificultar el acceso a la información pública en Chile están las instituciones y un 20% sostiene que se debe a la autocensura de los mismos medios de comunicación. En una primera lectura, la conclusión parece desalentadora. Como lo señaló Turner, “uno observa que periodistas tienen restricciones que tienen más que ver con los comportamientos de las fuentes que con la situación legal”.

Sin embargo, Cristian Bofill cree más bien que refleja poca autocrítica de parte de los mismos periodistas. Según el director de La Tercera, “bajo esta encuesta, nosotros estaríamos haciendo excelente nuestro trabajo. No podemos seguir como periodistas creyendo que todos nuestros problemas son por culpa de otros”.

Según Bofill, “los periodistas deben aplicar los altos estándares que le exigen a los demás”. En caso contrario, sostiene, la prensa perderá credibilidad. “Les pedimos a los demás que no sean arrogantes y que renuncien a sus pegas (trabajos) cuando se equivocan, pero no aplicamos los mismos criterios a nuestro trabajo”, remató Bofill.

En una línea complementaria con la de Bofill, Juan Pablo Olmedo sostiene que la encuesta refleja “prácticas del periodismo que también caen en este juego de la tradición de secreto”. En comparación, el director de Proacceso destacó las buenas prácticas de la prensa de otros países, como Estados Unidos o Inglaterra, que “ejercen activamente el derecho de acceso a la información, van a tribunales”. En cambio, lamentó, “en acceso a información, el litigio por parte de un medio de comunicación es algo nuevo en este país. No tenemos ningún caso de medio de comunicación nacional que lo haya hecho, aunque sí está el caso de El Comercio de Perú con el respaldo de la ANP”. Ahí, concluyó Olmedo, “hay un desafío para los medios”.

Pero Bofill apunta sobre todo a las prácticas periodísticas que, en esta ocasión, se esconden tras las deficiencias institucionales y legales que dificultan el acceso a la información. Así, asegura que a la prensa chilena le falta cultura para trabajar con documentos. “Hay una serie de informaciones que están durmiendo en reparticiones públicas. Como periodistas nos cuesta investigar con documentos, que no sea el contacto directo con personas o autoridades. Muchas veces reportear es quemarse las pestañas leyendo documentos”. De hecho, el barómetro señala que los periodistas casi no consultan los archivos institucionales.

El ministro secretario general de Gobierno, Osvaldo Puccio, cree que también hay que reconocer el sesgo de la encuesta cuando los consultados son los periodistas. “Porque acá estamos frente a dos temas culturales: Una es esta cultura del secretismo. Pero hay una segunda cultura: frente a este secretismo, la tendencia periodística tiene una compulsión a ver la fuente no como un socio en la entrega y la mediación de la verdad, sino como un personaje con el cual hay que ser inquisitivo, porque se presume que la fuente no quiere entregar la información. Y por parte de la prensa, sobre todo de la prensa de las características de estructura de la chilena, hay una gran preferencia por una cierta impunidad”.

Qué falta, qué sobra

La encuesta se aplicó entre agosto y septiembre del 2005, coincidiendo con la discusión final y la aprobación de las reformas constitucionales, en el congelador desde principios de los ’90. En ese marco, se aprobó el artículo 8º de la Constitución que señala que el Estado actuará con probidad y transparencia.

De hecho, el presidente del Senado, Sergio Romero, señaló que los resultados del barómetro favorables a varias instituciones públicas “habla muy bien de la institucionalidad. Es un avance, lo que se ha fortalecido con el debate sobre reformas en materia de acceso a la información”.

Juan Pablo Olmedo valora la reforma constitucional. Sin embargo, cree que es insuficiente en la medida que “no clarifica que estamos ante un derecho fundamental y mantiene esta causal de reserva y secreto que es el buen funcionamiento del órgano requerido. Eso es riesgoso porque es la apertura a la discrecionalidad”. Causal que ha sido objeto de reproche internacional en el marco del seguimiento a la Convención Interamericana Contra la Corrupción.

Cristian Bofill concuerda en ser cauteloso a la hora de aplaudir la reforma porque, por ejemplo, “se rechazó eliminar el carácter de secreto de las sesiones del Senado para nombrar miembros de la Corte Suprema”.

Así, Olmedo reiteró la propuesta de Proacceso de crear un estatuto legal propio para el derecho de acceso a la información pública, más allá del proyecto de reforma a la ley de bases generales de la Administración del Estado, actualmente en discusión parlamentaria. La normativa específica, según Proacceso, debiera incluir una ley de archivo ya que “es difícil pedirle a los funcionarios la entrega de documentos si no tienen las herramientas para archivarlos”. Y reiteró la necesidad de un rol activo por parte del Estado para promover una cultura de transparencia a través de la acción de una institucionalidad diseñada para los efectos, tomando como referencia la experiencia mexicana y británica.

Porque finalmente, dice Olmedo, “el esfuerzo legislativo es insuficiente para efectos del cambio cultural al que nos referimos. En última instancia, es un tema de cultura y la cultura la hacemos entre todos. Las buenas prácticas del estado, la sociedad civil, los medios de comunicación, deben ir avanzando para lograr que al final quede erradicado la tradición del secreto”.

El ministro secretario general de Gobierno, Osvaldo Puccio, reconoció que hay consenso en que la legislación es perfectible. Sin embargo, señaló también que esto tiene que ver con qué sociedad queremos construir: “el plano legislativo otorga recién la base, el marco necesario para ir más allá. En una cultura distinta de cómo y de qué manera los chilenos somos informados, nos informamos, accedemos y entregamos información”.

Según Puccio, “la prensa y el parlamento, entre otros actores, deben llevar adelante este debate en forma inteligente y creativa, para proponer esta tendencia al mejor acceso a la información no solo porque se entrega más sino porque se busca mejor”.

Más información

- Ver estudio completo de II Barómetro sobre acceso a la información >>>>>

- Ver informe de seguimiento de la OEA a la Convención Interamericana contra la Corrupción >>>>>

- Para consultar la Convención Intermaricana contra la Corrupción >>>>

- Proacceso: www.proacceso.cl

- Asociación Nacional de la Prensa www.anp.cl
http://www.ipys.org/

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Thursday, November 10, 2005

ARGENTINA: IAPA URGES PASSAGE OF ORIGINAL RIGHT-TO-KNOW BILL

The Inter American Press Association (IAPA) has criticised Argentina’s
Senate for watering down a bill that would give citizens the right to
access public records, ensure more government accountability and set an
example for other Latin American countries to follow.

 

Last week, an IAPA delegation visited Argentina, where it met
legislators from various parties and presented recommendations for
improving access to information and press freedom. The group expressed
concern that the bill for a Law on Access to Public Information, passed
in 2003 by the lower Chamber of Deputies, was being weakened by proposed
Senate amendments which “lessen the transparency of government actions
and do not allow for equal access to information.”

IAPA said the original bill met international standards on freedom of
expression and was the product of a consensus between press
organisations and civil society groups. Among the amended version’s many
problems includes the requirement that a member of the public justify
his or her request for information. If a request was refused, government
officials would not need to explain their reasons. 

IAPA also urged lawmakers to pass legislation removing libel from the
Criminal Code, noting that Argentina promised the Inter-American
Commission on Human Rights (IACHR) in 1999 that it would amend its laws
to conform to the American Convention on Human Rights. Argentina is a
signatory to the Convention. IAPA says common law cases in Europe have
established that imprisonment for defamation is a disproportionate
penalty “because it interferes with and discourages freedom of
expression while impacting negatively on the public’s right to know.”

For more information, see:
- IAPA:
http://www.sipiapa.com/pressreleases/chronologicaldetail.cfm?PressReleaseID=1515
- IAPA Report on Press Freedom in Argentina:
http://www.sipiapa.org/pulications/informe_argentina2005o.cfm
- ARTICLE 19:
http://www.article19.org/pdfs/analysis/argentina-access-to-public-information.pdf
- The Freedom of Information Campaign:
http://freedominfo.org/case/argentina.htm
- American Convention on Human Rights:
http://www.cidh.oas.org/Basicos/basic3.htm
- IACHR Declaration of Principles on Free Expression:
http://www.cidh.oas.org/Basicos/principles.htm

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Monday, August 29, 2005

ARGENTINA: Retacea el Ejecutivo el acceso a la información

Responde a pocos pedidos de la gente

Que un ciudadano común acceda a datos públicos en manos del Poder Ejecutivo es, según la normativa vigente, un trámite sencillo que demora menos de un mes. La realidad, en cambio, demuestra que el proceso es más complejo y, en general, decepcionante.

Así, por lo menos, lo señala un estudio de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires (UBA) dedicado a probar el funcionamiento del decreto del presidente Néstor Kirchner que, desde abril del año pasado, reglamenta el acceso a la información de la administración pública nacional.

El trabajo sostiene que, sobre 71 pedidos de información que hicieron los alumnos –entre abril, mayo y junio de este año–, el Poder Ejecutivo sólo respondió a 18, lo que representa el 25,4% de efectividad. De las 53 solicitudes no respondidas, seis se refieren a casos en los que se exigió al solicitante requisitos que no figuran en el decreto; en tres, las dependencias pidieron prórroga y luego no contestaron, y en 44 directamente no hubo respuesta.

El decreto –fue sancionado en diciembre de 2003 y entró en vigor tres meses más tarde– permite a los ciudadanos pedir información registrada en cualquier organismo del Poder Ejecutivo. Por medio de esta herramienta se pueden solicitar, por ejemplo, datos sobre los sueldos de los funcionarios, el presupuesto destinado a planes sociales y la distribución de los polémicos Aportes del Tesoro Nacional (ATN).

Se trata de la segunda medición que hacen alumnos de la materia Derecho a la Información (a cargo de los profesores Henoch Aguiar y Damián Loreti), de la carrera de Ciencias de la Comunicación. En la primera, a fines del año pasado, fueron contestados más de la mitad de los pedidos. “Los resultados obtenidos en esta segunda experiencia muestran que, si bien era esperable que las autoridades mejoraran su aptitud para brindar información pública, ello no ocurrió”, dice el informe. “En algunos organismos se advierte una clara intención de boicotear la normativa y obstaculizar el acceso a la información”, concluye.

Los números del análisis contradicen la información que maneja el Gobierno, a la que accedió LA NACION por fuentes oficiales.

De acuerdo con esos datos, entre abril del año pasado y julio de este año hubo 386 pedidos, de los que se respondieron 370, lo que representa un 96 por ciento de efectividad. La Oficina Anticorrupción informó, además, que sólo recibió 21 denuncias por presuntos incumplimientos de dependencias del Poder Ejecutivo.

Los datos oficiales evidencian, de todos modos, uno de los tres problemas que -a criterio de las organizaciones civiles que más trabajan en el tema- registra la puesta en práctica del decreto, que es la escasa cantidad de pedidos de información: menos de uno por día.

Otra cuestión que señalan las organizaciones no gubernamentales (ONG) es el aparente choque entre el decreto y otras normas vigentes, como la ley de procedimientos administrativos, que exige mayor formalidad para pedir datos al Poder Ejecutivo.

El tercer problema es que el decreto podría quedar en desuso si el Congreso finalmente sanciona el proyecto de ley de acceso a la información, hoy demorado en el Congreso. El peligro que advierten las ONG es que la iniciativa que apoya el Gobierno limita el acceso a la información y no cumple con los estándares internacionales.

Consultada por LA NACION, la subsecretaria para la Reforma Institucional y el Fortalecimiento de la Democracia, Marta Oyhanarte, dependiente de la Jefatura de Gabinete, defendió el funcionamiento del decreto y sostuvo que “la modificación de la cultura del secreto no se logra de un día para el otro” (sobre lo que se informa por separado).

Experiencias

Entre los pedidos no respondidos por el Gobierno figura el que hizo Agostina Cianis, estudiante de comunicación. La alumna preguntó al Incucai la cantidad de donantes de órganos desde el año 2000 hasta la actualidad y el promedio de edad de los mismos. Su pedido, del 24 de mayo de este año, no obtuvo ninguna respuesta.

Dos de sus compañeros, Jorge Lucci y Nicolás Ciccarelli, solicitaron al Ministerio del Interior el listado de militares que cumplieron funciones en ese organismo durante la última dictadura militar, cuántos de ellos salieron del país tras el retorno de la democracia y con qué destinos. Por toda respuesta, la dependencia que conduce Aníbal Fernández los intimó a constituir domicilio en los términos de la ley de procedimientos administrativos. Esa condición no está prevista en el decreto.

El uso de la herramienta permitió conocer el número de la cuenta bancaria del jefe de Gabinete, Alberto Fernández, y su sueldo neto, 6000 pesos; estadísticas de secuestros exprés y otros delitos; la situación edilicia y presupuestaria de la UBA, y el número de denuncias de usuarios de telefonía que recibe la Comisión Nacional de Comunicaciones.
http://www.lanacion.com.ar/734052

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Polémica por el proyecto de ley

Varias ONG critican la iniciativa de acceso a la información que trata el Senado

http://www.lanacion.com.ar/734053

 

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Tuesday, August 2, 2005

GUATEMALA: LÍDER DEL CONGRESO APOYA PROYECTO DE LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

El líder del Congreso guatemalteco declaró su apoyo para una ley que
garantiza a ciudadanos y periodistas el derecho a acceder a información
gubernamental, informa el Centro de Reportes Informativos sobre
Guatemala (CERIGUA).
En un foro organizado por la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG)
en la ciudad de Guatemala el 19 de julio de 2005, Jorge Méndez
Herbruger dijo que favorece una ley que permita a los periodistas
obtener información en poder de ministerios gubernamentales y organismos
públicos. Actualmente una comisión del congreso está analizando un
proyecto de la Ley de Acceso a la Información, que fue programado para
su debate en 2004 por los diputados Nineth Montenegro y Eduardo
Zachrisson Castle.

La APG ha estado instando al Congreso a aprobar una ley de acceso a la
información y dice que los ciudadano y  periodistas de Guatemala la
consideran una elevada prioridad. “Una ley de ese tipo sería un paso
hacia la mejora de la democracia y el gobierno abierto”, argumenta
Ileana Alamilla, presidenta de la APG.

Para obtener más información, visite:
- CERIGUA: http://tinyurl.com/bfqsc
- Informe de SIP acerca de Guatemala:
http://www.sipiapa.org/pulications/report_guatemala2005.cfm
- Informe de la OEA sobre el acceso a la información en las Américas:
http://www.cidh.org/Relatoria/showarticle.asp?artID=229&lID=1
- Principios de Lima sobre libertad de información:
http://www.britishcouncil.org/peru-society-the-lima-principles.htm
- Manual anticorrupción:
http://www.transparency.org/ach/strategies/access_info/discussion.html
- Guía para el acceso a la información:
http://www.ciudadanosaldia.org/pubs/kas/default.htm

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Monday, June 27, 2005

Chile: Estado no practica plenamente entrega de información pública


Corporación Participa realizó riguroso monitoreo sobre acceso a información en Chile
(fuente: www.ild.org.pe)
Pedro Mujica*, Santiago de Chile. Recientemente la Corporación Participa dio a conocer los resultados del monitoreo que practicó sobre acceso a la información pública en Chile, entregando cifras que reflejan un Estado que aún no incorpora como práctica usual la entrega de la información que se encuentra en su poder. Este tema es de mayor interés en democracias en desarrollo ya que se trata de un supuesto para poder ejercer efectivamente los derechos políticos, sociales y económicos, siendo por lo mismo especialmente importante un resultado tan negativo como evidencia el caso chileno.

La información puede ser entendida como un bien directo, puesto que se relaciona con los siguientes derechos:

a) Derecho a la verdad y a la opinión fundada: mediante la información que obtengo de la Administración del Estado, se puede formar opinión y posición sobre temas de interés público y adoptar acciones en consecuencia.

b) Derecho de acceso a datos personales: un buen ejemplo es la institución del habeas data que existe solo en algunos países latinoamericanos, según el cual el deber de información requiere una conducta activa del Estado destinada a la corrección de datos falsos y a la supresión o modificación de datos potencialmente discriminatorios, como los denominados “datos sensibles”.

La información también puede ser entendida como instrumento para el ejercicio de otros derechos:

a) Como presupuesto para ejercer mecanismos de fiscalización de la autoridad pública: acceso o publicidad de las declaraciones patrimoniales o de intereses de los funcionarios públicos.

b) Como presupuesto para ejercer mecanismos de participación: aquí se pueden citar todos los instrumentos de participación ciudadana en la gestión pública, como las audiencias públicas o consultas ciudadanas previas a la toma de decisiones.

c) Como presupuesto para exigir o ejercer un derecho: es el caso de la participación ciudadana en los estudios de impacto ambiental o la información a los consumidores.

Así, resulta que el derecho a la información de los actos de gobierno es un derecho básico de la democracia y es una condición elemental para la existencia de una real y efectiva participación ciudadana.

Chile en el fondo de la tabla

El objetivo del estudio (ver documento adjunto) fue evaluar las condiciones para ejercer el derecho de acceso a información pública, de acuerdo a los estándares nacionales e internacionales en la materia. La metodología utilizada fue diseñada por el Open Society Institute e implementada simultáneamente en otros 15 países de América, Europa y África, entre los que se encuentran Argentina, Perú, México, Armenia, Bulgaria, Francia, España, Macedonia, Rumania, Ghana, Kenya, Mozambique, Nigeria, Senegal, Sudáfrica.

En Chile este estudio se implementó en el transcurso del año 2004 y constó de 140 pedidos de información presentados por parte de 7 voluntarios con diferentes perfiles: 2 periodistas, 2 representantes de ONG´s, 1 empresario, 1 estudiante universitario y 1 trabajador perteneciente a la etnia mapuche.

Los pedidos de información fueron presentados a 6 Ministerios, 2 instituciones del Poder Judicial, 8 Municipalidades y 2 empresas privadas prestadoras de servicios públicos.

La información que se solicitó se dividió en 3 tipos: de rutina, difícil y sensible. No se pidió información que pudiera afectar la seguridad pública o de personas.

Los resultados demostraron que sólo un 17% de los pedidos de información presentados por voluntarios fueron respondidos de alguna manera por las instituciones. Esto incluye: respuestas entregadas en tiempo y forma, respuestas respondidas de forma tardía.

Un 69% de los pedidos de información no fueron respondidos; es decir, los voluntarios no recibieron respuesta alguna.

En un análisis más detallado de los resultados recibidos, fue posible constatar que frente a la misma pregunta formulada por distintos voluntarios, en un 57% de los casos obtuvieron resultados distintos.

En relación a los resultados disgregados por institución, es claro que aquellas del gobierno central respondieron en una menor proporción que los gobiernos locales (municipalidades), quedando en peor posición las empresas privadas y en último lugar las instituciones del Poder Judicial. De hecho, la Corte Suprema no contestó ninguna de las siete preguntas que se le formularon.

En un cuadro comparativo entre diez países que aplicaron exacta metodología en el año 2004, entre los cuales se cuentan dos países latinoamericanos (Argentina y Perú), Chile ocupa la peor posición en materia de peticiones de información sin respuesta, alcanzando un 69% de los casos. En el caso de Bulgaria y Rumania, alcanzaron respectivamente un 24% y 32% de preguntas sin respuesta.

La tendencia nos muestra que las instituciones públicas tienden a no discriminar en su respuesta en relación a la persona o institución que presenta el pedido de información. También se observa que la categoría de las preguntas (sensibles, difíciles o de rutina) no pareciera ser determinante a la hora de entregar información.

Al debe

Los resultados que se acaban de revisar en términos generales, demuestran que no hay cumplimiento efectivo de la legislación que regula la materia.

En Chile, el derecho al acceso a la información, tanto de los actos de la administración pública como de los documentos e informaciones que posee ésta, surge como consecuencia del proceso de modernización del Estado.

En efecto, desde 1990 hasta la fecha, se han promulgado diversas normas que apuntan hacia dicho cometido. Este proceso se ha desarrollado significativamente durante los últimos cuatro años y la reforma final operada el año 2003.

Es un hecho constatado que, en la práctica, la aplicación de la normativa ha sido deficiente y se han institucionalizado una serie de conductas que obstruyen el ejercicio adecuado del derecho, desnaturalizando el espíritu de la legislación. La norma general de la transparencia de la información se ha transformado en la instauración de la práctica del secreto.

El mismo marco legal ha permitido que los servicios públicos dicten resoluciones declarando secreta o reservada gran cantidad de información, en tal grado que la propia Contraloría General de la República emitió un dictamen (octubre 2004) estableciendo que los servicios han ido más allá de la norma legal, no observándose en muchos casos el fundamento para declarar determinada documentación como secreta o reservada.

Actualmente se encuentra en el Senado un proyecto de ley que tiene por objetivo mejorar la legislación chilena. Es una ocasión para poder dar un paso adelante en esta materia, para lo cual es necesario que el proyecto considere al menos los siguientes aspectos:

1.- La normativa debe involucrar a todas las instituciones del Estado, incluyendo el Poder Legislativo, Judicial, las empresas privadas que prestan servicios públicos y cualquier institución o persona que reciba financiamiento público.

2. No sólo debe referirse a actos o documentos sino que a toda la información que esté en poder de las instituciones mencionadas anteriormente.

3. Las causales de negación de la información deben ser excepcionales y deben estar determinadas en la Ley.

4. Es necesario regular el derecho de oposición de los terceros a la entrega de información. La legislación actual no requiere que se exprese causal, lo que constituye una arbitrariedad.

5. Es necesario sistematizar el ordenamiento jurídico y tener un cuerpo legal único y claro.

6. Establecer plazos realistas para la entrega de información.

7. No debe ser necesario acreditar o justificar interés para obtener información pública.

Por último, es necesario tener en cuenta que un real avance en materia de acceso a la información no sólo depende de un marco legal adecuado sino que también resulta relevante la cultura y disposición que exista al respecto en los funcionarios públicos. Esto se fundamenta a partir de las opiniones de los mismos funcionarios que fueron recogidas en talleres realizados en el presente año en cuatro regiones del país. De estos talleres surgen una serie de conclusiones, algunas de las más relevantes son las siguientes:

El tema del acceso no está suficientemente posicionado en los organismos, principalmente debido a la falta de compromiso de los niveles altos de la jerarquía institucional con el tema.

Resulta relevante que en los servicios públicos exista un alineamiento transversal respecto a la importancia de los derechos de acceso y los mecanismos y criterios que los resguardan. También aparece la necesidad de identificar los obstáculos internos que aún subsisten para el acceso a la información a través de la realización de diagnósticos participativos internos.

Por último, un hecho que resulta ilustrativo a la hora de analizar el tema es la constatación que el tema de acceso a la información se tiende a asociar con reclamos de los ciudadanos más que como práctica adecuada de las instituciones.

(*) Abogado, Coordinador Académico de la Corporación Participa www.participa.cl 
 

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Friday, May 20, 2005

Ucab Guayana analiza Ley Resorte

Esta “ley de contenidos” fue aclarada y discutida a profundidad

   
Cañizales: “Esta ley no podrá restarle el protagonismo a los periodistas”  
   

Los estudiantes y profesores se dieron cita en el salón de usos múltiples de Universidad Católica Andrés Bello, para discutir una ley que causó controversia desde antes de nacer.

 En el marco del V Encuentro con la Comunicación, organizado por la Escuela de Comunicación Social de la Ucab Guayana, se realizó el foro “Reflexiones sobre la Ley de Responsabilidad en Radio y Televisión”.

En este evento se contó con la presencia de José Carlos Blanco, director de la escuela de derecho de la Ucab Guayana, Alfredo Calzadilla, director de radio Fe y Alegría, y Andrés Cañizales, periodista y director del Instituto Prensa y Sociedad “Ipys”, en Venezuela.

 El comienzo del acto estuvo marcado por las palabras de la directora Olimpia Berti, quien explicó la necesidad de analizar desde diferentes puntos de vista el contenido de esta ley, que está cambiando la forma de hacer radio y televisión en nuestro país.

 La primera ponencia estuvo a cargo de Alfredo Calzadilla, quien explicó las nociones del imaginario con respecto a la ley. Comentó que el imaginario “es una posición poco racional del sentido, que configura nuestras posiciones frente a ciertos temas”.

 Puso como ejemplo para entender este concepto “cuando los estudiantes dicen que un profesor los raspó, no es así, ellos mismos se raspan, pero el imaginario les indica que fue la otra persona quien lo hizo. Con esta ley pasa algo parecido”.

 Platicó de su experiencia en Fe y Alegría, en donde se han hecho programas reflexivos acerca de esta “Ley Resorte”, en las que “se criticó la redacción y el contenido en ciertas áreas, como por ejemplo las restricciones que impone con respecto a la conformación de los comités de usuarios”, punto que Calzadilla cree debe ser democratizado, pues todas las personas deben tener derecho a conformar uno de estos comités, sin necesidad de tener un número específico de integrantes.

 Criticó la prescripción de los delitos de la ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, diciendo “que parece que nunca prescriben, pues los procedimientos por una falta pueden ser abiertos hasta cinco años después del momento en que se infringió la ley… ¿por qué no me sancionan en el momento?”.

 En su opinión esta ley no establece la “autocensura, no dice que se acaben los programas de información o de opinión. Lo que dice esta ley debería ser algo de sentido común”.

¿Periodismo amenazado?
 Ese fue el tema central de la exposición de Carlos Blanco quien explicó el origen de nuestros derechos, el significado de poseer derechos particulares y como sociedad, la libertad y la diferencia que tiene con la libertad de expresión, y la libertad de expresión como una norma moral, como una costumbre de las sociedades.

 Afirmó que el derecho a la libertad de expresión, de pensamiento y de conciencia son derechos fundamentales, que no es más que tener derecho a la libre manifestación de lo que se piensa. Luego especificó que los derechos no son absolutos y que la libertad de expresión está naturalmente limitada, pues ningún derecho es absoluto.

 Andrés Cañizales fue el que finalizó este foro, con su ponencia “¿Puede una ley producir mejor periodismo?”, y comenzó hablando de las agresiones a los periodistas venezolanos y la necesidad que existe en el país de medios “más equilibrados y menos polarizados”.

 Recordó que en los años ochenta “no había un cuestionamiento social al periodismo de chisme que hacían personas como José Vicente Rangel y Alfredo Peña”.

 Explicó que existen dos tipos de periodistas, los objetivos, que se atienen únicamente a lo que sucede, y los que van más allá e interpretan las noticias, y le dan un valor agregado a la información. Considera que en Venezuela se ha hecho “una mixtura entre estos dos periodismos, en los que se interpreta, se interviene en los hechos, en los que el periodista se suma”.

 Comentó que en Venezuela “queremos mejores medios, mejores líderes, queremos mejor periodismo, pero es difícil establecer los límites. Hay tratados que dicen que la objetividad y responsabilidad no debe ser regulado por el estado, sino que deben estar contemplados en códigos de ética y mecanismos de autorregulación de los medios y los periodistas, porque si es el estado el que determina lo que es bueno o no, e imponen los límites, coartan el trabajo del periodista que muchas veces gira alrededor de las actuaciones del estado”.

 Piensa que la ley quiere restarle el rol de protagonista a los periodistas, pero no cree que lo logre, porque en este momento el rol es más fuerte que nunca, por la misma forma en la que se produce y se transmite la información al público.

 Ciudad Guayana y en particular, los estudiantes de comunicación social y periodistas de la región esperan que más foros como éste se sigan organizando, pues contribuyen al análisis y la crítica fundamentada del entorno en el que se trabaja actualmente en el país.

María Gabriela Aveledo
gaveledo@correodelcaroni.com
Foto Pedro Montes

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Tuesday, April 12, 2005

Facilita GDF acceso a información pública

Mexico:

 El Gobierno capitalino elimina cuatro requisitos en la solicitudes de acceso a la información pública que posee la administración local

El Gobierno capitalino eliminó cuatro requisitos en la solicitudes de acceso a la información pública que posee la administración local, con el objetivo de facilitar y garantizar a los ciudadanos los trámites.

Entre los requisitos que se eliminan, está la presentación de identificación oficial y sólo se podrá requerir el cobro de copias fotostáticas u otros materiales, de acuerdo al volumen de la información, además de que los datos podrán ser entregados vía telefax, correo electrónico o telefónica.

Francisco Hoyos, responsable de la oficina de Acceso a la Información Pública de la Contraloría General, informó que las 43 dependencias que integran el gobierno capitalino pondrán en marcha este acuerdo a partir de este mes, el cual se hace extensivo a las 16 delegaciones.

En conferencia de prensa, explicó que por instrucciones de Andrés Manuel López Obrador, como jefe de Gobierno del DF, el 1 de abril se informó a los titulares de todas las dependencias de la administración local, delegaciones políticas y órganos desconcentrados.

El acuerdo se estableció en cuatro puntos, cuyo objetivo es simplificar los procedimientos y trámites de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

En primer lugar, se exime a los solicitantes de información pública exhibir copia de su identificación oficial.

En segundo lugar, se recuerda que el servicio es gratuito, pero en caso de que los volúmenes de los materiales, como copias fostostáticas, excedan cierta cantidad, podrá requerirse el cobro.

En tercer lugar, se establece que la información podrá ser entregada vía telefax, correo electrónico, por teléfono o cualquier otro medio que autorice el solicitante, a esa opción de datos que no competan a la dependencia o solicitudes rechazadas.

Por último, destaca que cuando haya archivos que tengan los tipos de información (pública, clasificada como reservada y confidencial), se podrán entregar versiones que especifiquen sólo los datos públicos.

El acuerdo, firmado por Bertha Elena Lujan Uranga, contralora general del DF, deberá ser puesto en marcha de inmediato y los requisitos que se eximen deben ser exhibidos en un lugar visible para conocimiento de los ciudadanos.

Fabiola Cancino
El Universal online
Ciudad de México
Lunes 11 de abril de 2005

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